UNIVERSIDAD DE LOS PUEBLOS PASTOS Y QUILLASINGAS

QUIÉNES SOMOS

Universidad de los Pueblos Pastos y Quillasingas

quienes somos

Somos la Universidad de los Pueblos Pastos y Quillasingas -UNIPUEBLOS- creada mediante Acto de Gobierno Propio No. 01 del 21 de octubre de 2024 por las Autoridades y comunidades indígenas que hacen parte de la Mesa Regional Permanente de Concertación para el Desarrollo Integral de los Pueblos Pastos y Quillasingas firmado en el Territorio de Guachucal del Pueblo de los Pastos donde se concluyó: 

 “ARTÍCULO 1. CREACIÓN DE LA UNIVERSIDAD. Créase la UNIVERSIDAD DE LOS PUEBLOS PASTOS Y QUILLASINGAS -UNIPUEBLOS, en ejercicio del derecho a la Autonomía, a la Autodeterminación, el Derecho Mayor, el Derecho Propio, la Ley Natural, la Ley de Origen y el Bloque de Constitucionalidad que reconoce los derechos de los Pueblos Indígenas en Colombia.

ARTÍCULO 2. SOBRE EL CARÁCTER ACADÉMICO Y MODALIDAD DE FORMACIÓN. La Universidad de los Pueblos Pastos y Quillasingas – UNIPUEBLOS, es una Institución de Educación Superior y se clasifica como una entidad pública oficial de carácter especial.

La modalidad de formación se establece para pregrado y posgrado. A nivel de pregrado ofrecerá programas técnicos profesionales, tecnológicos y programas profesionales y en el nivel de posgrado ofrecerá: Especializaciones técnicas profesionales, especializaciones tecnológicas, especializaciones profesionales, maestrías y doctorados.

ARTÍCULO 3. NATURALEZA JURÍDICA. La Universidad de los Pueblos Pastos y Quillasingases una Institución de Educación Superior Pública – Universidad Pública Oficial de Carácter Especial con autonomía para determinar su propio camino de vida universitario, los sentipensares en el tiempo, los propósitos académicos, objetivos y las bases conceptuales y epistemológicas enfocadas a: Los Sistemas de Pensamientos, Cosmocimientos y Sabidurías de los Pueblos relacionados con las CIENCIAS DE LA VIDA, La Tierra, los Territorios y Territorialidades con las CIENCIAS DE LA TIERRA, y los procesos culturales, organizativos y desarrollo tecnológico enfocados a las CIENCIAS PARA VIVIR BIEN.

Así mismo, podrá crear y determinar sus propios campos de investigación, sedes, extensiones, seccionales, casas de pensamiento, programas académicos, centros de estudios académicos, centros de investigación laboratorios y unidades especiales y su estructura organizativa, administrativa, de dirección, coordinación operativa, académica y financiera.

Se direccionará por intermedio del Consejo Mayor de Gobernanza Universitaria como órgano principal de dirección institucional e instancia colegida y para su funcionamiento adoptará los estatutos generales y reglamentos internos pertinentes, así como la estructura organizativa e instancias propias y como tal se incorporará al Sistema de Universidades Estatales (SUE).

ARTÍCULO 4. ÁMBITO Y DOMICILIO. El domicilio principal de la Universidad de los Pueblos Pastos y Quillasingas, se ubicará en el territorio del Pueblo de los Pastos donde dispondrá de un Centro Administrativo Universitario y para el desarrollo e implementación de su estructura académica se distribuirán sus Casas de Pensamiento en las zonas de Cumbal, Guachucal, Túquerres, Ipiales y zona del pueblo Quillasingas con sus respectivos programas académicos, centros de estudios e investigaciones, laboratorios y unidades especiales.

El ámbito territorial de incidencia directa de la Universidad de los Pueblos Pastos y Quillasingas, corresponde a los territorios de los Pueblos Indígenas Pastos y Quillasingas del sur occidente colombiano, la región panamazónica binacional y de Abya Yala donde igualmente se encuentra la población Afro, Rom y Campesina respectivamente, y podrá extenderse en el territorio nacional y en cumplimiento de las normas, leyes y tratados internacionales igualmente podrá ampliar su radio de acción a aquellos países que tengan vínculos de cooperación con la educación superior, la diversidad étnica y cultural de la latinoamérica y del mundo.

Para tal fin, se apoyará en la Constitución Política y leyes del estado colombiano, los pronunciamientos jurisprudenciales de las altas cortes, el bloque de constitucionalidad que reconoce los derechos de los pueblos indígenas en Colombia, los tratados internacionales, y su estructura organizativa, los estatutos y reglamentos internos que se determinen.”